Dr. Carlos Rodríguez Candila:
Estimado
Jesús, en un comentario que me atreví a escribir con apartados
pretendiendo ser analítico e imparcial, me atreví a señalar lo que publicaste respecto a mi punto de vista sobre los jugadores y los umpires más otros elementos del béisbol
profesional de México haciendo
referencia y basándome en lo que señalan los artículos 292 y 303 de la Ley
Federal del Trabajo.
Ahí señalo que, aunque
amañados, según mi punto de vista --considerando que ni soy abogado y menos en
materia laboral--, hice referencia que
desde el momento de ser incluidos deportistas profesionales NO debe ser
solicitud a propietarios de equipos por parte de los empleados que así son los
jugadores no solo de béisbol sino de cualquier deporte por LEY bien establecida
en ese capítulo constitucional.
La
Ley Federal del Trabajo se inscribió y consagró en tal documento que en
términos generales otorga derechos
igual que sanciones y además estímulos y reconocimientos a cada
trabajador e incluso da margen los
patrones y trabajadores a asociarse o formar sindicatos para equilibrar o
armonizar formas de organización colectiva para evitar abusos de cualquier
parte en materia laboral.
Para
el caso del béisbol, esto no se cumple cabalmente y por eso existe y sucede un
desamparo donde como señalas muy bien la individualidad y falta de organización
colectiva cuando un jugador o elemento que coparticipa mediante forma de
contrato se retira por enfermedad, por
vejez o por lo que sea queda en tal
condición que solo sus ahorros o
inversiones de algún negocio quizá puedan solventar para un futuro al margen de
su principal actividad que eligió y brindó sus mejores años productivos en el
beisbol.
Me refiero a no ser considerados como la ley establece, trabajadores
que la ley del Seguro Social nunca han tenido aun pagando tal tributo e igual
el ISR, por eso surgen convocatorias para aquellos cuya desgracia sobre todo en
salud les afecta y el padecimiento es tan grave que su economía es tan
precaria y no pueden solventar ni con la procuración de su familia.
Concretamente
y que a la ley no se hagan sordos directivos u organizadores de ligas
profesionales y tomen cartas sobre el asunto para mediante legisladores,
abogados laborales etc. sin hacer sindicatos cuya fama también deja dudas de
dirigentes, los dueños de equipos respeten la ley del seguro social como
contrato laboral en todo, o mejor dicho la cumplan con la ley del Seguro
Social como primer mandamiento
constitucional más lo que en materia legislativa compete al congreso analizar y
reformar o mejor dicho establecer equitativamente lo que hasta hoy según
entendí es un galimatias donde todo puede ser como promesa sin nada concreto,
pero nada aplicable como la praxis
requiere.
Carambas,
o carajo, vivimos en pleno siglo XXI con medidas y reglas arcaicas del feudalismo o mas atrás.
Aquí
lo dejo y te envío un saludo y abrazo igual para la hermandad .
P.D.
Ojalá haya opiniones y aportaciones sobre todo de personas mas versadas y
expertos sobre todo abogados en materia, ilustren y orienten.
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